La Inspección de Trabajo y Seguridad Social está enviando cartas a los empleadores de empleados/as de hogar que tengan contratado personal a tiempo completo con retribuciones inferiores al salario mínimo interprofesional. En estas cartas, se les comunica la obligatoriedad de que declaren, antes del 31 de marzo, ante la Tesorería General de la Seguridad social, el salario real actual desde el 1 de enero de 2021. Dicho salario no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente incrementado con el prorrateo de pagas extraordinarias; es decir no podrá ser inferior a 1.108,33 euros.
Y, a partir del 1 de abril de 2021 si el empleador no ha declarado el salario actual, la Tesorería General de la Seguridad social, según ha anunciado, iniciará actuaciones inspectoras de comprobación que pueden conllevar sanciones.
La comunicación de esta variación salarial puede llevarse a cabo en la sede electrónica de la Seguridad Social.